La Fundación Ecuatoriana para la Investigación y el Desarrollo de la Botánica (FUNBOTANICA) es una persona jurídica de derecho privado, de beneficia pública y social, que se rige por las leyes ecuatorianas Titulo XXIX del Libro I, del Código Civil.
La Fundación fue creada en 1991 y sus estatutos están disponibles en este documento (grabado en Word): ESTATUTOS.
Fines
Son fines de la Fundación la práctica de las siguientes actividades, en concordancia con aquellas otras desplegadas por las autoridades correspondientes:
- Promover, incentivar y difundir la investigación botánica en el país.
- Integrar a las personas e instituciones que trabajen en Botánica.
- Estimular las relaciones nacionales e internacionales entre botánicos y entre instituciones ecuatorianas y del mundo que estén involucrados en el campo botánico.
- Representar a la comunidad Botánica del Ecuador ante otras organizaciones regionales e internacionales.
- Coadyuvar a la defensa y conservación de los recursos de flora y en general de todos los recursos vivos y sus relaciones con el medio ambiente. La Fundación colaborará con el Ministerio de Agricultura y Ganadería.
- Asesorar a las empresas e instituciones estatles y privadas, en el conocimiento, manejo y conservación de la flora ecuatoriana.
Medios
Para el cumplimiento de sus fines, la Fundación podrá realizar entre otros, los siguientes actos:
- Apoyar y auspiciar la investigación cientifica relacionada con la Botánica.
- Cooperar con personas naturales o jurídicas, organismos nacionales e internacionales, publicos y/o privados que tengan similares objetivos.
- Publicar y difundir los resultados de investigaciones científicas y afines realizadas en el país y temas de interés relacionado con la Botánica y un boletines informativos periódicos.
- Organizar simposios, congresos, mesas redondas y reuniones científicas, con la participación de organismos nacionales y extranjeros relacionados a la Botánica.
- Servir como órgano de consulta a planificadores, legisladores e interventores ambientales.
- Solicitar, recibir, invertir, mantener, distribuir y en general administrar fondos y bienes provenientes de donaciones, legados, asignaciones, cuotas y contribuciones de personas naturales o jurídicas para los fines que la Fundación persigue.
- Adquirir, enajenar o disponer de bienes inmuebles, darlos o tomarlos en arrendamiento, comodato, anticresis, usufructo, gravar los bienes de la Fundación.
- Adquirir, adminstrar y disponer de equipos técnicos y materiales didácticos y toda clase de bienes muebles, relacionados con el cumplimiento de los fines de la Fundación.
- Hacer en general todas aquellas actividades necesarias para la consecución de su fin y realizar todos los actos y otorgar todos los contratos pertimidos por las Leyes Ecuatorianas.